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Valsequillo abre el plazo para acogerse al Plan de Rehabilitación de Viviendas
- Las solicitudes podrán presentarse hasta el 25 de marzo de 2024.
- El crédito total de la convocatoria asciende a la cantidad de 391.725,84 euros.
- El importe de la ayuda concedida podrá ser de hasta el 50% del coste subvencionable de cada actuación individual o del 85% para colectivos vulnerables y por un importe máximo por vivienda de 10.000 euros.
Valsequillo de Gran Canaria, a 16 de febrero de 2024.- El Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria ya ha abierto el plazo para acogerse a las subvenciones para la rehabilitación de viviendas en el marco del Convenio de colaboración entre el Instituto Canario de la Vivienda y la Federación Canaria de Municipios para la gestión del Programa para Combatir la despoblación del medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025.
Este Programa, dirigido a municipios de menos de 20.000 habitantes, tiene como objetivo proporcionar a las viviendas ubicadas en enclaves rurales las adecuadas condiciones de habitabilidad, ahorro de consumo energético y mejoras en elementos estructurales, entre otras, procurando un óptimo mantenimiento de las mismas.
La institución local cuenta con una financiación de 391.725,84 euros. Unos fondos que servirán para promover la rehabilitación de viviendas de titularidad privada, cuyos propietarios reúnan los requisitos necesarios, para dotarlas de las adecuadas condiciones de habitabilidad. Además, entre los objetivos se encuentra combatir la despoblación en el medio rural, prestando su apoyo a familias que necesiten recibir un impulso económico para la rehabilitación de viviendas.
Según se establece en las bases de la convocatoria para la obtención de las subvenciones relacionadas en este programa, se requiere que la obra subvencionable no se haya iniciado antes de la fecha de solicitud de la subvención y los inmuebles objeto de la intervención deberán reunir diversos requisitos como que deben constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de la solicitud de la ayuda aunque de manera excepcional, la vivienda a rehabilitar podrá estar deshabitada a fecha de la solicitud, siempre y cuando se aporte el compromiso de la persona titular de la vivienda a destinarla a domicilio habitual y permanente de la persona propietaria o de una persona tercera en régimen de arrendamiento en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización de las obras.
Entre los tipos de actuaciones subvencionables se recogen obras de rehabilitación en viviendas aisladas o edificios: adaptaciones para personas con diversidad funcional, instalación de domótica para accesibilidad, reformas en cuartos húmedos, instalaciones eléctricas, fontanería, etc.. Además, puede destinarse a la conservación de cubiertas, fachadas y elementos estructurales. Asimismo, se pueden hacer intervenciones relacionadas con la mejora de la envolvente térmica, sustitución de carpinterías y acristalamiento e instalación de energía solar térmica, entre otras.
A través de esta línea de ayudas se podrán rehabilitar viviendas de una antigüedad mínima de 20 años, salvo aquellas en las que vivan personas mayores de 65 años o con diversidad funcional. Los beneficiarios de estas subvenciones deberán ser propietarios de la vivienda o representante de la Comunidad de vecinos en caso de ser un edificio residencial.
El plazo previsto para presentar las correspondientes solicitudes por aquellos ciudadanos o ciudadanas interesados será hasta el 25 de marzo de 2024. Las instancias de solicitud junto a la documentación requerida podrán presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o a través de la sede electrónica del municipio. Asimismo, la institución ha establecido a través del área de Urbanismo un servicio de consulta para atender a aquellos vecinos y vecinas que requieren de ayuda para realizar esta solicitud.
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